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Channel: PROFESOR DANIEL ALBERTO CHIARENZA
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6 DE NOVIEMBRE DE 1809: OTORGAMIENTO DEL LIBRE COMERCIO A DILLON & THWAITES POR PARTE DEL VIRREY CISNEROS.

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 La invasión económica inglesa, 
más importante que la pirotecnia militar.

Ante el petitorio de Dillon & Thwaites de introducir por el puerto de Buenos Aires libremente mercaderías británicas –todo esto conociendo el nuevo status diplomático-comercial entre España e Inglaterra luego de la firma del Tratado Apodaca-Canning que, de hecho, (aunque sólo establecía una promesa de “facilidad” que no se había traducido en la correspondiente ley) termina con el monopolio español de tres siglos-, el flamante virrey Cisneros –que conocía el Pacto antes mencionado- para no responsabilizarse de una resolución unipersonal pidió opinión al consulado, al cabildo, a los comerciantes de Cádiz, hasta hubo una “Representación de los hacendados”.

Portada del denominado Tratado Apodaca (España) - Canning (Inglaterra).

Otros dieron su opinión. El 14 de octubre, a nombre de la audiencia lo hace el fiscal Villota: opta por el término intermedio de permitir la introducción de géneros ingleses en buques españoles. El 31 el Dr. Julián Leiva da un dictamen en favor de la apertura basado en la imposibilidad de vigilar el contrabando.
Cisneros ordena que se forme expediente, porque como virrey carecía de autoridad para no hacer cumplir la ley que prohibía la libre introducción de mercaderías extranjeras, pero no obró como virrey, sino como marino que era ante una situación extraordinaria.
En dicho expediente se encuentran tres escritos importantísimos. Son los de Yáñiz, síndico del consulado, y Agüero, apoderado de los comerciantes gaditanos: ambos favorables al antiguo sistema protector. Y el de Mariano Moreno (que en realidad era de la pluma de Belgrano, pero firmado por un José de la Rosa) abogando por el librecambio.
Yáñiz sostiene que la libertad de comercio significaría la ruina de la industria americana. La técnica manufacturera vernácula no podría enfrentar al maquinismo de la industria inglesa, la cual por sus precios más baratos terminaría por arruinar las fábricas locales y reducir a la indigencia a una multitud de hombres y mujeres.

"Representación de los hacendados", la portada ¡miente!, es obra de Belgrano, por el estilo y porque está acorde a su doctorado en economía política.
 
Agüero a su vez encuentra que la admisión del librecambio ha de producir la desunión del virreinato; incluso profetiza la segregación del Alto Perú. También examinó los posibles efectos del imperialismo económico inglés en la incipiente industria criolla. No sólo la industria local se vería precisada a cerrar por la mayor baratura de las manufacturas inglesas, sino que, una vez que esto sucediera podrían imponer el precio que quisieran, no sólo a sus manufacturas sino incluso a nuestros propios productos.

Virrey Baltasar Hidaldo de Cisneros, el "Sordo" de Trafalgar 
y el "Ciego" del Río de la Plata ante los negociados ingleses.
 
A todos estos argumentos dictados con una lógica práctica, Moreno responde con una andanada de libros: Quesnay, los fisiócratas, Filangieri, Jovellanos, Adam Smith.

Mariano Moreno, el falso autor de la "Representación de los hacendados". El auténtico fue Manuel Belgrano.
 
El 2 de noviembre se reúne una Junta Consultiva citada por el virrey para dar forma al Reglamento a dictarse: la integran el regente de la audiencia y su fiscal en lo civil, los contadores de la Real Hacienda, comandantes de cuerpos militares, prior, cónsul y síndico del consulado (asistente el titularJuan Larrea), y diversos funcionarios de la administración. En representación de los hacendados va Castelli y de los comerciantes Bernardo de Gregorio y Las Heras y Tomás Antonio Romero. Se delibera, y encarga el 6 a Castelli que redactase el pronunciamiento que firmarían el virrey y la junta.
Se aceptaría la introducción de mercaderías extranjeras (no dice expresamente inglesas) bajo las siguientes condiciones: los consignatarios serían comerciantes y españoles; no habría prohibiciones en manufacturas, pero tendrían un recargo de un 12% “los artefactos y efectos groseros que perjudiquen a la industria del país”; se prohibían “los aceites, vinos, vinagres y aguardientes extranjeros” (para beneficiar la producción andaluza); se cobraríanderechos de círculo; se prohibía la extracción de oro y plata amonedados o en pasta.

Juan José Castelli, redactor del "Reglamento de libre comercio" de 1809.
 
Sin embargo, los exportadores se ingeniaron para sacar el metálico. Sixto Funes escribe el 10 de enero de 1810 al deán Funes: “Estos pícaros ingleses  no quieren absolutamente otra cosa por sus géneros que la plata”.
Así, en 1809, seis meses antes de la Revolución de Mayo, el Río de la Plata pasaba a ser virtual colonia económica inglesa.



Ilustración Musical

MALDICIÓN DE MALINCHE - AMPARO OCHOA Y GABINO PALOMARES



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